Región

El Gobierno regional recurre el decreto del registro de pisos turísticos por "invadir competencias autonómicas"

La Región se une a otras cuatro comunidades que también recurren

  • Marcos Ortuño, portavoz de la Comunidad.
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MURCIA (EFE). El Gobierno de la Región de Murcia ha acordado este jueves interponer un recurso contencioso-administrativo contra el Real Decreto 1312/2024, de 23 de diciembre, por el que se regula el registro único de arrendamientos y se crea la ventanilla digital de arrendamientos al entender que el Estado invade la competencia exclusiva de la Región de Murcia en materia de ordenación del turismo. Según ha informado en rueda de prensa el portavoz, Marcos Ortuño, la Región de Murcia se suma así a otras autonomías como Andalucía, Comunidad Valenciana, Canarias y Aragón.

En el ejercicio de dicha competencia exclusiva, la Región de Murcia se ha dotado de un marco jurídico general y homogéneo en materia turística, destacando la Ley de Turismo de la Región de Murcia y el Decreto por el que se regulan las viviendas de uso turístico.

Entre las obligaciones que recoge la normativa autonómica para los prestadores del servicio de alojamiento turístico ya figura la de presentar la correspondiente declaración responsable de clasificación turística y proceder a la inscripción en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas de la Región.

El Gobierno regional entiende que, con la creación de un nuevo registro y el correspondiente procedimiento sobre los arrendamientos de corta duración de carácter turístico, el Real Decreto "vulnera" el artículo 7 de la Ley 20/2013 de Garantía de la Unidad de Mercado.

Además, también "se incumple" el Reglamento de la Unión Europea que pretende desarrollar, ya que al crear un nuevo registro y procedimiento contradice el criterio de evitar que las unidades de alojamiento estén sujetas a más de un procedimiento de registro.

El recurso del Ejecutivo regional también detalla que Real Decreto vulnera el principio de jerarquía normativa, dado que una norma no puede oponerse a otra de rango superior, y consecuentemente es nulo de pleno derecho en aplicación del artículo 47.2 de la Ley 39/2015, entrando en contradicción con normas como el Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo sobre la recogida y el intercambio de datos relativos a los servicios de alquiler de alojamientos de corta duración; el Estatuto de Autonomía para la Región de Murcia; la Ley de Garantía de la Unidad de Mercado; y la Ley de Turismo de la Región de Murcia.

El recurso contencioso-administrativo considera que el Real Decreto 1312/2024, de 23 de diciembre, invade la competencia exclusiva de la Comunidad en materia de turismo concretamente en sus artículos 1, 5, 6, 7, 8, 9, 10 y en la disposición adicional primera.

El plazo para la interposición del recurso concluye el próximo lunes, 19 de mayo.

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